Saber qué debe incluir un plan de igualdad es importante para poder crear e implementar uno en una empresa o institución. Aunque no es algo sencillo, ya que son muchos los aspectos que debes tener en cuenta a la hora de redactar un plan que cumpla la normativa y, lo más importante, que sea efectivo.
Estamos seguros de que tendrás un montón de preguntas del tipo ¿qué debe incluir? ¿cuándo se debe aplicar? ¿es obligatorio? Si eres el responsable de preparar el plan de igualdad de tu empresa o institución, lo primero es no entrar en pánico y lo segundo es seguir leyendo este artículo.
Un Plan de Igualdad es un instrumento que permite integrar la igualdad real en las relaciones laborales y en todos los ámbitos de la gestión dentro de una organización.
Su principal objetivo es avanzar y alcanzar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, eliminando cualquier tipo de discriminación por razón de raza o sexo.
Hasta hace relativamente poco tiempo, las empresas que estaban obligadas a implantar un Plan de Igualdad eran las que tenían más de 250 trabajadores. Por lo que su implantación en empresas más pequeñas era opcional y, tenía como objetivo cumplir su responsabilidad social corporativa o mejorar la imagen de la organización.
Las actualizaciones presentadas dentro del Real Decreto-Ley 6/2019, lo cambiaron todo.
A partir del 7 de Marzo de 2020, las organizaciones con 150 empleados o más, adquirieron la obligación implantar un Plan de Igualdad. Dicha obligación se ha extendido este año 2021 a las empresas con 100 trabajadores y el 2022, será obligatorio para las empresas con 50 o más empleados.
Un Plan de Igualdad debe adaptarse a los aspectos definidos en la Ley Orgánica 3/2007, así como a las últimas actualizaciones del Real Decreto-Ley 6/2019.
El proceso de diseño e implementación de dicho plan responde a cinco grandes fases a las que debe otorgarse su propio tiempo, espacio y recursos. Siendo las tres primeras fases las que marquen el contenido del Plan de Igualdad en si y en las que más nos centraremos en este artículo.
El diagnóstico y negociación de un plan de igualdad para empresas es necesario para aquellas obligadas a implantarlo. Por ello, es de obligado cumplimiento establecer una comisión negociadora para la elaboración del dicho plan. Esto constituye la primera fase de actuación.
Estarán obligadas a negociar el diagnóstico y el plan de igualdad, a través de una comisión negociadora, las siguientes empresas:
Para el resto de las empresas tendrá carácter voluntario.
Las personas y órganos que intervendrán en la constitución de la comisión negociadora serán:
Con carácter previo a la constitución de la comisión negociadora, la empresa o la representación legal de las personas trabajadoras deberá comunicar de forma escrita, a la otra parte, la iniciativa de negociación.
La comisión negociadora deberá constituirse en el plazo máximo de 3 meses siguientes tras haber acordado quienes serán sus miembros.
Para la constitución de la comisión deberá tenerse en cuenta:
El diagnóstico busca identificar y estimar la existencia de las desigualdades, desventajas, dificultades, etc, que puedan darse en la empresa, para diseñar medidas dirigidas a corregir dichas desigualdades.
En esta Fase se llevará a cabo el análisis de la situación de la organización para detectar aquellos aspectos en los que pudieran estar produciéndose situaciones de desigualdad o discriminación. Para ello, se procederá a la recogida de información y al debate interno para formular las propuestas de mejora que se incluirán en el citado plan.
La elaboración del Diagnóstico deberá hacerse con perspectiva de género, tanto la recogida de la información como el análisis de los resultados.
El diagnóstico consta de los siguientes pasos:
En este paso se asignará el personal que tendrá que proporcionara la documentación y se seleccionarán las herramientas a utilizar para la recopilación de datos. Además, se informará a la plantilla del comienzo de la Fase de diagnóstico, ya que podrán participar de forma activa, si así se acuerda por la comisión negociadora.
En este paso deben señalarse los puntos fuertes, las propuestas de mejora y las prioridades. Identificando los aspectos en que se producen desigualdades o las causas que las generan para proponer medidas de mejora y solventarlas.
Además, se elaborará un informe que resumirá el análisis llevado a cabo y sus principales conclusiones y propuestas. Este informe, formará parte del contenido del plan de igualdad.
Debe informarse a la plantilla sobre los resultados del diagnóstico.
En la fase de diagnóstico, algunos de los elementos más destacados que deben abordarse son:
Condiciones Generales
Información básica de la empresa
Análisis Cuántitativo
Procesos de Gestión de personal
Política retributiva
Condiciones de Trabajo
Corresponsabilidad
Infrarrepresentación femenina
Prevención del Acoso Sexual por Razón de Sexo
Diseñar un plan de igualdad requiere definir la política de la empresa sobre la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres a partir de los resultados obtenidos en la fase de diagnóstico.
Su objetivo es alcanzar el trato igualitario entre hombres y mujeres así como la igualdad de oportunidades. Por ello, es necesario plantearse objetivos específicos, para dar respuesta a las necesidades detectadas en el diagnóstico.
Dentro del Plan de igualdad debe de recogerse el desarrollo de las siguientes actuaciones:
Su orden y prioridad deberá ser determinado por la comisión negociadora atendiendo a las desigualdades, dificultades u obstáculos, a la igualdad entre mujeres y hombres, detectados en la Fase de diagnóstico, valorando los recursos de la empresa, los tiempos de actuación o el impacto previsto.
Cuando elabores las medidas es recomendable hacerte las siguientes preguntas:
El plan se aplicará a todos los trabajadores de la empresa, de forma independiente a cuál sea su centro de trabajo. La duración de dicho plan lo acordarán las partes negociadores, pero no debe superar los 4 años de vigencia.
En el documento final debe fijar un sistema de seguimiento para verificar el cumplimiento de las medidas acordadas y el cumplimiento de los objetivos.
Por último, el plan debe incorporar un sistema de evaluación que permita analizar el desarrollo del plan en su conjunto.
Esta fase cierra el proceso diseño y aplicación del plan de una organización, pero también será la base sobre la que se apoye el diagnóstico de futuros planes de igualdad.
La estructura que debe contemplar cualquier Plan de igualdad debe ser:
Las partes negociadoras deberán firmar el plan de Igualdad con los distintos acuerdos. Además, debe firmarse un acta de aprobación del plan en la reunión de la comisión, que ponga fin a las negociaciones y acuerde su la aprobación.
En el plazo de 15 días, a partir de la firma del plan e igualdad, la comisión deberá presentar ante el Registro de la autoridad laboral competente, la solicitud de inscripción correspondiente.
En esta fase, se pondrán en marcha todas las medidas definidas en el plan según el área de actuación y de acuerdo con la planificación prevista en el cronograma.
Una vez implantadas las medidas, deberá procederse a realizar un proceso de seguimiento. Este proceso forma parte del diseño inicial del plan, por lo que no debe caerse en la falsa creencia de que se trata de un proceso secundario.
El seguimiento realiza el control y verificación para garantizar la ejecución de las medidas. Además, también sirve para detectar desajustes y poder adoptar medidas correctoras.
Esta fase cierra el proceso de elaboración e implantación del plan de igualdad en la empresa.
A partir de la información y documentación recopilada en la implantación y seguimiento, esta fase nos permitirá conocer el grado de cumplimiento de los objetivos definidos y de las medidas ejecutadas. Por último, nos permitirá evaluar de forma crítica, las acciones realizadas y definir las estrategias de futuro.
Como puedes ver, un Plan de Igualdad está compuesto de muchos pasos. Si quieres que te ayudemos a llevarlo a cabo, contacta con nosotros y te acompañaremos en cada paso.
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